2. Información de interés

Los Datos Abiertos son aquellos datos primarios o sin procesar, que se encuentran en formatos estándar e interoperables, los cuales facilitan su acceso y permiten su reutilización. Están bajo la custodia de las entidades públicas o privadas que cumplen con funciones públicas, son puestos a disposición de cualquier ciudadano, de forma libre y sin restricciones, con el fin de que terceros puedan reutilizarlos y crear servicios derivados de los mismos (Ley de Transparencia-1712 de 2014, artículo 6, literal j).

El Partido Conservador Colombiano pone a disposición de la ciudadanía los datos sin ningún tipo de limitación o restricción, esto con el fin de ser utilizados en creación de servicios que beneficien a la comunidad.

A continuación encontrará el conjunto de datos abiertos del Partido, los cuales podrá acceder desde este sitio web:

Presidentes Directorios Departamentales, Congresistas Actuales y Directorio Nacional

Reseña libro doña Bertha Hernández de Ospina – Documento en WORD

¿Qué es el Fondo Nacional Económico?

El Fondo Nacional Económico del Partido Conservador, con personería jurídica propia y patrimonio autónomo, se constituye para el sostenimiento y financiamiento del Partido, sus campañas y sus eventos. El Fondo Nacional Económico tendrá una Junta integrada por cinco (5) miembros, designados como establecen los Estatutos. El Fondo Nacional Económico también asesorará al Directorio Nacional Conservador en la obtención de recursos, en procura de obtener los mayores réditos para el desarrollo de las actividades del Partido.

Con la aprobación de la Junta del Fondo Nacional Económico, previo concepto favorable del Directorio Nacional Conservador, podrán ser organizados fondos descentralizados del Partido con personería jurídica propia, pero siempre bajo la supervisión de la Gerencia Administrativa del Partido, y sujetos a las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias, en materia de fuentes de financiación y destinación de los recursos para las organizaciones políticas.

¿Cuáles son las inhabilidades e incompatibilidades?

Las inhabilidades, incompatibilidades y el régimen de conflicto de intereses consagrados en la Constitución y la Ley, les serán aplicables a los miembros del Partido Conservador que se inscribieren como candidatos a cargos de elección popular con el aval del Partido o que ejercieren funciones públicas en representación del mismo.

¿Cuáles son los mecanismos de participación y democracia interna?

El Directorio Nacional Conservador decidirá en cada ocasión, el mecanismo para la escogencia del candidato del Partido a la Presidencia de la República, de entre las siguientes alternativas:

  1. a) Consenso
  2. b) Encuesta de Opinión.
  3. c) Convención Nacional.
  4. d) Consulta popular.

No obstante el mecanismo que sea utilizado para designar el candidato a la Presidencia, el candidato escogido deberá ser proclamado por la Convención Nacional del Partido.

El candidato a la Presidencia escogerá libremente su fórmula para la vicepresidencia.

Los precandidatos a la Presidencia de la República deberán inscribirse ante el Directorio Nacional, de acuerdo con la reglamentación que éste expida.

¿Quienes conforman el Directorios Nacional Conservador?

El Directorio Nacional del Partido tendrá la siguiente composición:

  1. Los ex Presidentes de la República Conservadores.
  2. Cuatro (4) Senadores Conservadores en ejercicio.
  3. Cuatro (4) Representantes a la Cámara Conservadores, en ejercicio.
  4. Al menos tres (3) jóvenes menores de 30 años.
  5. Al menos tres (3) mujeres.
  6. Cuatro (4) cupos para representantes de sectores específicos de la población, preferiblemente de sectores como academia, trabajadores y empresarios, elegidos éstos de entre militantes conservadores que se hubieren acreditado para participar en la convención como delegados.
  7. Un representante de las minorías étnicas.
  8. Un representante de los directorios departamentales.
  9. Un representante de los directorios distritales.
¿Quiénes hacen parte de la Convención Nacional del Partido?

La suprema autoridad del Partido reside en la Convención Nacional Conservadora, y sus decisiones son obligatorias para todos sus organismos y miembros.

La Convención Nacional del Partido es una instancia amplia de participación de los líderes y militantes Conservadores de los distintos departamentos y distritos del país.

Hacen parte de la Convención Nacional del Partido los militantes Conservadores activos que reúnan una cualquiera de las siguientes calidades:

  1. Ex presidentes y ex vicepresidentes de la República.
  2. Congresistas en ejercicio, elegidos por el Partido Conservador.
  3. Miembros principales y suplentes del Directorio Nacional.
  4. Rectores, Vicerrectores y Decanos de Universidades acreditadas ante el Ministerio de Educación Nacional
  5. Presidentes y vicepresidentes de gremios empresariales nacionales, y empresarios de reconocimiento nacional.
  6. Directores de diarios nacionales y regionales.
  7. Diputados en ejercicio.
  8. Concejales en ejercicio.
  9. Miembros principales de los directorios departamentales, distritales y municipales.
  10. Ex precandidatos conservadores a la presidencia de la República.
  11. Ex ministros conservadores.
  12. Ex embajadores conservadores.
  13. Ex miembros principales del Directorio Nacional.
  14. Ex congresistas elegidos por el Partido, que hubieren ocupado el cargo en propiedad.
  15. Ex diputados elegidos por el Partido, que hubieren ocupado el cargo en propiedad.
  16. Ex concejales conservadores de ciudades capitales que hubieren ocupado el cargo en propiedad.
  17. Ex gobernadores elegidos por voto popular con el aval del Partido o de un movimiento afín.
  18. Ex alcaldes elegidos por voto popular, con el aval del Partido o de un movimiento afín.
  19. Ex magistrados conservadores de las altas cortes, ex procuradores generales, ex fiscales generales, ex contralores nacionales, ex defensores del pueblo nacionales, y ex auditores nacionales.
  20. Ex directores de institutos descentralizados del orden nacional.
  21. Ex candidatos a gobernación o alcaldía de ciudad capital, avalados por el Partido o movimientos afines, no elegidos en la elección inmediatamente anterior, que hubieren obtenido como mínimo, el 25% de la votación del candidato ganador.
  22. Ex candidatos al Congreso de la República y asambleas departamentales no elegidos en la elección inmediatamente anterior, que hubieren alcanzado como mínimo, el 25% de la votación del primero elegido en la lista.
  23. Un número de delegados de los grupos de población específicos que tengan organización dentro del Partido, como jóvenes, mujeres, trabajadores, empresarios, academias, etc.
  24. Un número de delegados de estudiantes de universidades reconocidas oficialmente por el Ministerio de Educación Nacional.
  25. Ex viceministros de Estado.

La Convención Nacional del Partido se podrá realizar de manera presencial, o con la participación de los delegados de los directorios departamentales, distritales y municipales de manera descentralizada, acudiendo a medios virtuales o telemáticos, según las circunstancias económicas y logísticas lo permitan, y de acuerdo con la reglamentación que sobre el particular expida el Directorio Nacional Conservador.

 ¿Cómo se conforman las listas a corporaciones públicas?

Por motivos de conveniencia electoral suficientemente fundamentados, el Directorio Nacional podrá autorizar que en una circunscripción determinada, los candidatos del Partido se inscriban por movimientos regionales o cívicos, siempre y cuando se comprometan a que el movimiento en cuestión apoye las listas o los candidatos del Partido a otra corporación o a otro cargo, y a que en caso de resultar elegidos actuarán dentro de la Bancada del Partido en la respectiva corporación. El Directorio Nacional podrá autorizar qué candidatos inscritos en sus listas reciban apoyo de candidatos inscritos en otras listas cuando:

  1. El candidato que apoye al del Partido forme parte de listas de movimientos regionales o cívicos y no de partidos o movimientos políticos. En este caso el candidato que apoye deberá figurar en listas en circunscripción distinta a la que sea oriundo o por la que compita el candidato apoyado.
  2. El candidato que apoye haya sido autorizado por el Directorio Nacional para formar parte de listas o movimiento regionales por razones de conveniencia electoral.
¿Cómo se eligen los directorios del Partido conservador?

Quien aspire a ser miembro de un directorio, deberá reunir los siguientes requisitos:

  1. Estar acreditado como militante del Partido.
  2. A partir de la vigencia de estos Estatutos, no haber adelantado campaña electoral a favor de candidato distinto al que fue elegido mediante el mecanismo de consulta popular, pero sólo cuando dicho candidato fuere conservador, no de alianza.
  3. Cumplir con los demás requisitos previstos en estos Estatutos.
 ¿Quiénes reforman los Estatutos del Partido Conservador ?

Los Estatutos del Partido Conservador podrán ser reformados total o parcialmente, con el cumplimiento de los siguientes procedimientos:

La reforma debe ser iniciativa del Directorio Nacional Conservador, o de quien haga sus veces, o de la Bancada del Partido en el Congreso de la República, o de al menos la mitad más uno de los miembros de la Conferencia de Directorios Regionales.

Corresponde la aprobación de las reformas de Estatutos a la Conferencia de Directorios Regionales, la Bancada del Partido en el Congreso y el Directorio Nacional, reunidos conjuntamente. Se debatirá en dos (2) sesiones presenciales, celebradas en días distintos, con una diferencia de por lo menos cinco (5) días hábiles entre una y otra. Las reformas deben ser puestas en conocimiento de la Convención Nacional del Partido, una vez aprobada en segunda vuelta. En la segunda vuelta sólo podrán considerarse los temas aprobados durante la primera vuelta.

Debidamente aprobada la reforma, deberá inscribirse ante el Consejo Nacional Electoral, será publicada y enviada a cada uno de los directorios departamentales, distritales, municipales y locales, así como a cada uno de los congresistas del Partido, para efectos de su conocimiento y divulgación.

¿Que son las organizaciones de base?

Los grupos de base del Partido constituyen la célula fundamental de la organización local conservadora. Los directorios municipales conformarán en cada barrio o vereda grupos de base integrados entre 7 y 12 personas, de las cuales al menos la tercera parte deberán ser mujeres. Los directorios del Partido en su respectiva circunscripción deberán establecer organismos de base para atender asuntos de género, mujeres cabeza de familia, profesionales jóvenes, liga junior, campesinos, obreros, desplazados, etnias, deportistas, artistas, pensionados y adultos mayores; además, los que considere el Directorio Nacional Conservador.

¿Cuales son las funciones de los grupos base?
  1. Contribuir con la formulación de los programas del Partido.
  2. Adoptar estrategias para la acción política en cada barrio o vereda y proponer políticas para ser adoptadas en las entidades territoriales superiores.
  3. Definir la estructura organizacional en el respectivo barrio o vereda y proponer modificaciones a la organización del Partido en los niveles territoriales superiores.
  4. Ejercer control y veeduría a la acción de los funcionarios y entidades públicas nacionales, departamentales, municipales y locales, en el área de su barrio o vereda.
  5. Promover la afiliación y participación de los conservadores en ONGs y grupos del sector solidario.
  6. Organizar las nuevas generaciones del Partido.
  7. Promover la creación de nuevos grupos de base.
¿Cómo se financian los Partidos Políticos?

El Partido Conservador Colombiano podrá acudir a las siguientes fuentes para la financiación de sus actividades, autorizadas por la Ley.

  1. Aportes de los afiliados.
  2. Contribuciones, donaciones y créditos, en dinero o en especie, de los afiliados y/o de particulares.
  3. Créditos obtenidos en entidades financieras legalmente autorizadas.
  4. Ingresos originados en actos públicos, publicaciones y/o cualquier otra actividad lucrativa del Partido, los rendimientos procedentes de la gestión del patrimonio y los que se obtengan de las actividades que puedan realizarse en relación con fines específicos del Partido.
  5. Rendimientos financieros de inversiones temporales que realicen con sus recursos propios.
  6. Las herencias o legados que reciba en donación.
  7. Financiación estatal.

 

Compra de votos: corromper al ciudadano dándole alguna dádiva a cambio del voto.

Cuentas claras: es un aplicativo con el que cuenta el consejo nacional electoral para que los candidatos a las distintas corporaciones de elección popular presenten sus informes de ingresos y gastos.

Decreto: es la decisión de una autoridad sobre la materia en que tiene competencia. Suele tratarse de un acto administrativo llevado a cabo por el poder ejecutivo, con contenido normativo reglamentario y jerarquía inferior a las leyes.

Doble militancia: el artículo segundo de la ley 1475 de 2011 ha señalado que en ningún caso se permitirá a los ciudadanos o elegidos en las urnas, pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político

Voto preferente o lista abierta: Es cuando la colectividad deja que los ciudadanos voten no sólo por el partido sino también por cada uno de sus candidatos individualmente, y alcanzarán curul quienes obtengan mayores votaciones sin importar el orden inicial que ocupaban dentro de la lista, dependiendo del total de escaños que alcance el partido. El ciudadano puede votar sólo por el partido, o por el partido y además por el candidato.

Voto no preferente o lista cerrada: Es cuando la colectividad ordena previamente la lista de sus candidatos de manera que los ciudadanos sólo votan por el partido y alcanzarán curul los primeros renglones de la lista, de acuerdo con el número de escaños que alcance el partido. El ciudadano sólo puede votar por el partido, sin tener en cuenta nombres específicos de candidatos.

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