7. Control
7.4 Entes de control que vigilan al sujeto obligado y mecanismos de supervisión
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
El CNE es un organismo autónomo e independiente que hace parte de la Organización Electoral junto a la Registraduría Nacional del Estado Civil.
El control que ejerce el Consejo Nacional Electoral es el de regular, inspeccionar, vigilar y controlar toda la actividad electoral de las agrupaciones políticas y sus candidatos; ejercer vigilancia y control de la organización electoral y velar por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías.
Internos:
VEEDURÍA CONSERVADORA
veeduria@partidoconservador.org
El Partido Conservador de acuerdo a sus Estatutos, en el artículo No. 101 establece que la Veeduría está constituida por el Veedor Nacional, el cual será elegido por el Directorio Nacional, para períodos institucionales de cuatro (4) años.
Las funciones del Veedor Nacional del Partido, entre otras es vigilar, investigar y acusar ante el Consejo de Control Ético, si fuera el caso, aquellos miembros de la Colectividad que infrinjan las normas estatutarias o incurran conductas que violen las prohibiciones contempladas en el Código de Ética y Disciplinario del Partido, entre otras las establecidas en el artículo No. 102 de los Estatutos.
Contacto correo electrónico de la Veeduría Conservadora:
CONSEJO DE CONTROL ÉTICO
La conferencia de Directorios Regionales designará un Consejo Nacional de Control Ético, el cual estará integrado por tres (3) militantes del Partido cuya función se encuentra en el artículo No. 104 correspondiéndole adoptar o modificar cuando fuere necesario el Código de Ética y Disciplinario del Partido.
- Revisoría Fiscal
- Auditoría interna